miércoles, 10 de abril de 2013

LOS ALCÁZARES/ La Dirección General de la Vivienda reitera su negativa a inspeccionar un edificio comunitario.


Morente. Eurovillas VI
Residencial Nuevo Principado.



El 23/01/2013 se informó desde esta página: «El Ayuntamiento y la Dirección General de la Vivienda rehúsan intervenir de oficio ante una infracción constructiva» Poco después, el  11/02/2013, la Directora General de la Vivienda remitió un escrito a la Comunidad de Propietarios Eurovillas VI informando que daba por concluidas las actuaciones, sin haber ordenado la inspección del edificio. Al parecer, la administración regional no da para este tipo de gestiones, algo que, sin duda, se habría conseguido si las competencias en materia de vivienda hubiesen correspondido al Ministerio de la Vivienda (Delegación Murcia), suprimido en octubre de 2010, cuyas funciones corresponden ahora a la Secretaría de Vivienda y Actuaciones Urbanas, a quien tiene previsto informar/recurrir esta Comunidad de Propietarios.




La distancia entre Murcia y Los Alcázares es muy corta, una visita es posible realizarla en media jornada laboral, pero ha faltado voluntad de servicio a los ciudadanos solicitantes, incluso después del escrito remitido por el Presidente de la Comunidad (Esc. 1) a la Directora General manifestando, entre otras cosas, lo siguiente:

«El 30 de julio de 2012 (hace siete meses) le remití un escrito en relación con el expediente de referencia, a través de la OCAG de Torre Pacheco, E010 nº 201200403611. Salvo error, no he recibido contestación, ni acuse de recibo.

Con fecha 11/02/2013 se dirige usted a la Administradora de la Comunidad de Propietarios dando respuesta a uno de los hechos denunciados en el Expediente de referencia, concretamente la construcción de diez plazas de garaje. No a todo lo denunciado. Solo a esa posible infracción, veintisiete meses después de haberla puesto en su conocimiento a través de V.U. Cieza, E 024 Nº 201000673944, 23 de noviembre de 2010.

En mi opinión, si se hubiese inspeccionado el edificio al tiempo de producirse la denuncia, o en un plazo razonable, más allá de consideraciones reglamentarias a distancia, basadas en documentos y no en la realidad física del inmueble, posiblemente no estaríamos sufriendo en este momento las consecuencias de unas obras mal realizadas, que han provocado un grave incidente en perjuicio del garaje y los usuarios, con riesgo de que vuelva a producirse en el futuro. 

En nombre de los comuneros a los que represento, y en el mío propio, lamento que esa Dirección General haya dado por concluidas las actuaciones, decisión que trasladaré a los propietarios mediante carta circular y/o en la próxima Junta, como continuación a lo informado en la Asamblea General del 14/08/2012. En aquella ocasión los asistentes confiábamos en poder defender nuestros derechos, mostrando físicamente a representantes de esa Dirección General, punto por punto, todo lo denunciado […]»

Puede consultar a continuación los antecedentes de esta noticia.



Miércoles, 23 de enero de 2013

LOS ALCÁZARES/ El Ayuntamiento y la Dirección General de la Vivienda rehúsan intervenir de oficio ante una infracción constructiva.

Morente. Eurovillas VI
Residencial Nuevo Principado.
 
En el proyecto de construcción del edificio Eurovillas VI  (Calle Río Arangüín/Paseo Río Nalón) figura una plaza de garaje cerrada para personas con discapacidad que, una vez ocupado el edificio, presentaba la imagen de la foto: una pared con puerta para personas (!). Está al lado de otra de mayores dimensiones, condenada interiormente, con la rejilla de ventilación tapada, y debajo de un restaurante del que alberga parte de sus instalaciones y con el que se comunica verticalmente, mediante escalera  a través del forjado Es decir, la suma de un cambio de uso (de garaje a local comercial)  con una infracción constructiva grave: demolición de un elemento común estructural.  El propietario (Ex-Concejal Delegado de Urbanismo) del local comercial y ambas plazas de garaje, el promotor del edificio y el Ayuntamiento (entonces PSOE) no atendieron las reclamaciones que la Comunidad de Propietarios les dirigió durante tres años, basadas en la Ley de la Propiedad Horizontal y en la propia Licencia de Obras, que dice lo siguiente:

«Será preceptiva la dotación de una plaza de aparcamiento por cada vivienda. En ningún caso podrá alterarse el uso de cuerpo edificatorio destinado a este fin a otro uso que no sea el descrito. El incumplimiento de esta obligación determinará la instrucción de expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística a fin de poner término al uso incompatible con el planeamiento urbanístico y reponer los bienes afectados a su situación inicial […]»

El 30/03/2009 la Comunidad de Propietarios denunció los hechos ante el Negociado de Disciplina Urbanística de la Dirección General de Territorio y Vivienda, que les respondió el 30/09/2009 adjuntando un Informe emitido por el Arquitecto Técnico Municipal, en el que se dice:
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«En cuanto a lo también citado en el texto de este apartado de la denuncia de la posible alteración de uso de dichas plazas se ha de manifestar que no se ha podido comprobar dicho cambio de uso, manifestándosele verbalmente al técnico que suscribe en el momento de la inspección, por parte de los Denunciantes, que, al estar determinadas plazas de aparcamiento cerradas, el cambio de uso se suponía (?)»

El 05/05/2010 (catorce meses después de haberse presentado la denuncia) se produjo una visita de inspección al edificio, sin previo aviso a los legales representantes de la Comunidad de Propietarios, y se emitió un Informe que fue confirmado por el Jefe de Servicio, ratificado por la Directora General y archivado. Entre otras cosas, se informó de lo siguiente:

«No se ha podido inspeccionar interiormente las viviendas ni el sótano por encontrarse cerradas y aunque se llamó a las viviendas de varias de las personas que firman la denuncia no se obtuvo respuesta.[…] La zona del sótano donde la denuncia indica que se ha realizado la comunicación  entre la planta semisótano y la baja, en planta baja hay una vivienda vista desde la fachada de la calle Río Araguren y en su fachada opuesta aparece un local destinado a restaurante donde no se ha encontrado dicha comunicación. No se ha podido identificar el local nº 12 ya tienen distinta numeración».

Está claro que, quien dijo haber visitado el edificio, se hizo un lío y no pidió ayuda. Por fas o por nefas la Administración deja pasar el tiempo, junta palabras, escribe papeles, pero…de intervenir de oficio, como es preceptivo, nada de nada. Eso si, la Dirección General sugiere el concurso de los Órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que la Comunidad de Propietarios gaste tiempo y dinero.

Esta infracción constructiva viene consistiéndola la Administración desde hace ocho años, cerrando los ojos ante lo que nunca ha sido una plaza de garaje y a la vista está. Tampoco se ha conseguido nada desde que otro partido político (PP) gobierna en el municipio y cuya seña de identidad más destacable es que no responde nada, ni habla con nadie, que tenga relación con la Comunidad de Propietarios Eurovillas VI.(http://lamangalosalcazares.blogspot.com.es/2012/10/los-alcazares-la-comunidad-de.html)

No hay peor sordo que el no quiere oír. Ante semejante muestra de inoperancia cabe preguntarse ¿para qué sirven los Ayuntamientos? ¿Y las Direcciones Generales?

»  Para ver las fotografías mencionadas en el texto pinche  o abra este enlace:
http://lamangalosalcazares.blogspot.com.es/2013/01/los-alcazares-el-ayuntamiento-y-la.html

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